¿Qué es el Contrato de Comisión Mercantil?
El contrato de comisión mercantil es el acuerdo mediante el cual una persona (comisionista) se obliga a realizar actos de comercio en nombre y por cuenta de otra (comitente) a cambio de una remuneración llamada comisión. Es el instrumento legal para formalizar la relación con agentes de ventas, representantes comerciales y distribuidores independientes.
Base legal: El contrato de comisión mercantil se regula por los artículos 273 a 308 del Código de Comercio de México. Al tratarse de un acto de comercio, corresponde a la jurisdicción mercantil.
Diferencia con el Contrato Laboral
El comisionista actúa de forma independiente, sin subordinación, con su propio equipo y metodología. No existe horario fijo ni jornada. Si en la práctica existe control sobre el comisionista, se puede configurar una relación laboral encubierta que genera todas las prestaciones de ley.
Preguntas Frecuentes
¿El comisionista paga IVA sobre sus comisiones?
Sí, si el comisionista está inscrito en el SAT como persona física con actividad empresarial o moral, sus comisiones están gravadas por IVA (generalmente 16%). Debe emitir CFDI por cada cobro.
¿Puede el comisionista trabajar para varios comitentes?
Sí, salvo que el contrato incluya una cláusula de exclusividad. Es común en contratos de distribución incluir cláusula de no competencia en el territorio asignado.
¿Qué pasa si el comisionista no alcanza la cuota?
Si el contrato estipula una cuota mínima, el incumplimiento puede ser causa de terminación. Se recomienda especificar claramente las consecuencias por no alcanzar la meta.
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